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Politica Debate clave en el Senado: se vota la Ley de Propiedad Privada
06/08/2026 | 3025 visitas
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La sesión comenzará a las 14 horas, tal como se había pactado durante el cuarto intermedio solicitado en julio. El oficialismo retiró el capítulo más controvertido para intentar asegurar la sesión. El proyecto todavía busca modificar los desalojos, las expropiaciones, el uso de terrenos incendiados y los registros inmobiliarios.
Sin el capítulo de extranjerización de tierras, el Senado debatirá este jueves a las 14 en una sesión ordinaria el proyecto de propiedad privada, que contempla reformas al Código Civil y Comercial sobre desalojos, Ley del Manejo del Fuego y expropiaciones.


El Gobierno debió eliminar el punto central del proyecto impulsado por el oficialismo luego del rechazo de los gobernadores a acompañar la flexibilización de las normas para que los empresarios extranjeros puedan comprar tierras rurales, aunque se haya puesto un tope del 25% a las tierras que podían ser vendidas a extranjeros.


El bloque oficialista, que preside Patricia Bullrich, ya había tenido que eliminar el capítulo de reforma de la ley de barrios populares, ante el temor que podían suceder el desalojo de centenares de viviendas y ante la fuerte crítica de la Iglesia.


Ahora, el dictamen que se tratará en el recinto de sesiones contemplará sustanciales modificaciones al Código Civil y Comercial para acelerar los desalojos de todos los terrenos, campos o viviendas que hayan sido intrusadas, expropiaciones, regularización de terrenos y manejo del fuego.

De todos modos, previo al debate del dictamen sobre “inviolabilidad de la propiedad privada”, el pleno deberá resolver sobre los pedidos de los senadores del peronismo Anabel Fernández Sagasti, y del radical Flavio Fama, para participar de la sesión en forma virtual, que fue avalado por la vicepresidenta Victoria Villarruel.

Fernández Sagasti pidió participar en forma virtual debido a que no puede viajar desde Mendoza a Buenos Aires por estar cursando la semana 32 de su embarazo y fue autorizada por Villarruel, aunque lo dejó supeditado a la decisión plena del cuerpo.


Allí se planteará una discusión sobre si esa resolución deberá votarse por mayoría simple o dos tercios como quiere el oficialismo, ya que, si bien en la pandemia se aceptó ese sistema virtual, nunca se incorporó al reglamento del cuerpo.


Según el decreto, la habilitación de la legisladora para intervenir en la sesión a distancia deberá ser convalidada por el pleno del Senado.


Posteriormente, el senador radical Fama sumó otro pedido debido a que fue operado de la rodilla y no puede trasladarse y también fue autorizado por Villarruel, pero siempre que tenga el aval del cuerpo.


Desalojos
Se aplicará un desalojo exprés solo en los casos en que se trate de inmuebles usurpados o tenedores precarios, donde el juez podrá disponer la inmediata entrega del inmueble si “el derecho invocado fuese verosímil y previa caución juratoria”.


El juez podrá intimar dentro de las 72 horas la devolución del inmueble si así lo pide el propietario, que deberá mostrar con prueba documental que es el dueño de este terreno, vivienda o campo.


En el caso de los deudores morosos tendrán mas plazos ya que los inquilinos que adeudan el pago de sus contratos deberán recibir de parte del propietario una carta documento y otorgar un plazo de al menos 10 días corridos para ponerse al día, que se contarán desde que reciben la respectiva notificación.


Expropiaciones
La declaración de utilidad pública se deberá aplicar de manera restrictiva declaración de “utilidad pública” deberá interpretarse de manera restrictiva y el Estado deberá fundamentar los motivos claramente de esa medida.


El dictamen estableció que habrá tope del 30% de indemnización por lucro cesante, ya que, en el proyecto original no ponía ningún porcentaje. La tasa de interés que se deberá pagar será la del Índice de precios al Consumidor mas la tasa del Banco Nación a treinta días.


Ley del Manejo del Fuego
Se deroga el artículo que establecía que, en caso de incendio de un predio rural, por 30 años no se podía cambiar el uso sobre superficies incendiadas en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y áreas periurbanas.


En el caso de incendios de bosques nativos se prohíbe el cambio de uso y destino prevista en la actuales normas, pero se elimina el plazo de 60 años establecidos en la ley promovido por Máximo Kirchner.
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