La resolución se inscribe en el régimen legal vigente de ejecución de la pena privativa de la libertad, que reconoce el derecho de las personas detenidas a mantener comunicaciones en los términos previstos por la ley, pero prohíbe expresamente las comunicaciones telefónicas a través de equipos o terminales móviles.
La Dirección Nacional de Tecnología de la Información, dependiente de la Secretaría de Coordinación Administrativa del Ministerio de Seguridad, será la encargada de llevar adelante los trámites necesarios para la adquisición, instalación, mantenimiento y supervisión de la tecnología requerida.
También se dispuso la adopción de ajustes técnicos para evitar que el funcionamiento del sistema afecte áreas exteriores a los establecimientos donde sea instalado.